El Ayuntamiento de Cuenca inicia una campaña informativa sobre los plazos de pago de tributos y las facilidades para abonarlos

07/05/2025
El concejal de Hacienda, Juan Manuel Martínez Melero, destaca las ventajas de tener domiciliados los impuestos y tasas, informa sobre el plan especial de pagos Plan Fácil 9 y subraya que se mantienen las medidas de flexibilización en cuanto a los fraccionamientos.
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El Ayuntamiento de Cuenca va a poner en marcha una campaña informativa para dar a conocer a la ciudadanía los plazos de pago de tributos y las facilidades existentes para abonarlos. El concejal de Hacienda, Juan Manuel Martínez Melero, ha destacado que “el objetivo es que los vecinos y vecinas de la ciudad tengan toda la información sobre las ventajas de tener domiciliados los impuestos y tasas, así como que conozcan los detalles del plan especial de pagos Plan Fácil 9 y que sepan que se mantienen las medidas de flexibilización en cuanto a los fraccionamientos”.

Con respecto al Plan Fácil 9, que permite el pago del total de los recibos anuales de forma fraccionada en nueve cuotas a lo largo del año y con una bonificación del 5%, se mantendrán los cargos de los vencimientos, pero si en algún caso el contribuyente rechaza el pago o incumple alguna cuota, no le supondrá recargos ni intereses, ni tampoco la cancelación del plan por incumplimiento, sino que su importe será incluido de forma prorrateada en las cuotas pendientes.

Asimismo, el Ayuntamiento de Cuenca ofrece ventajas por la domiciliación de tributos, opción con la que se ahorra un 5% en los casos de IBI Urbana y Rústica, y de IVTM; así como un 3% en el resto de recibos domiciliados. Se suma a ello que el importe de los recibos de IBI Urbana y Rústica iguales o superiores a 100 euros se fraccionará en dos pagos sin coste adicional, salvo que específicamente se pida el cobro del 100%.

Por otro lado, ha indicado Martínez Melero, la guía de tributos editada por el Consistorio incluye los beneficios fiscales que se pueden obtener, por ejemplo, en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) para familias numerosas, VPO, por fomento del empleo o por aprovechamiento de energía solar; el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) por discapacidad o para vehículos históricos, ECO y 0 emisiones; o en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) por fomento del empleo, por accesibilidad o por aprovechamiento de energía solar.

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